Publicado el 19 de dic, 2023

Se aprueba ordenanza municipal contra el acoso callejero y la discriminación en la comuna de Melipilla

En el marco del Día contra el Femicidio, este martes 19 de diciembre, la I. Municipalidad de Melipilla aprobó una ordenanza que sanciona el acoso callejero y las discriminación.

Esta ordenanza busca prevenir y sancionar toda conducta de acoso callejero y/o manifestaciones de discriminación arbitraria  que atenten contra las personas. En detalle, las conductas sancionadas deben producirse en lugares públicos o de libre acceso al público de la comuna de Melipilla, así como también aquellas que, desde recintos privados, sean dirigidas a personas que transitan por lugares públicos o de libre acceso al público. Así se establecen multas que van desde 1 a 3 UTM ($64.216 a $192.648).

La alcaldesa de la comuna, Lorena Olavarría Baeza, se refirió a la aprobación de esta ordenanza. “Estamos muy orgullosos y orgullosas por la aprobación de esta ordenanza que es un gran hito para nuestra comuna. Queremos que todas las personas, principalmente las mujeres, caminen más tranquilas por las calles, nuestra labor como municipio es generar espacios seguros para vecinos y vecinas, por lo que seguiremos trabajando bajo estos lineamientos. Esperamos que esta ordenanza ayude a disminuir los índices de violencia hacia las mujeres en la comuna”. 

Para denunciar, la persona que lo necesite se debe acercar al Juzgado de Policía Local y la denuncia deberá contener la identificación del denunciante, indicando su domicilio, la narración circunstanciada del hecho, como también la identificación del infractor. Además, los Inspectores Municipales o Carabineros están facultados para cursar infracciones y derivarlas al Juzgado de Policía Local.

Cabe destacar que esta nueva ordenanza municipal, contempla una serie de iniciativas como la educación a la ciudadanía y capacitaciones a los trabajadores municipales. 

Por otro lado, se establece que toda faena constructiva u obras en proceso de edificación deberá exhibir en su entrada y de forma visible un cartel, con la siguiente leyenda: “Aquí no molestamos ni ofendemos a nadie. Estamos en contra del acoso sexual callejero”. Este cartel será entregado por la municipalidad a través de la Dirección de Obras Municipales, siendo cargo de la empresa constructora el pago del mismo

La ordenanza contempla un período de adaptación y socioeducación para su aplicación de dos meses contados desde su publicación, debiendo la municipalidad realizar, en este periodo de vacancia, una campaña informativa para que la comunidad conozca las disposiciones contenidas en esta norma.